Preguntas Frecuentes
Descubre en esta página respuestas a preguntas frecuentes sobre redes inteligentes, cambio de contador, interruptor de control de potencia, acometidas, Área Privada y otros temas que te puedan interesar sobre nuestros servicios.
Redes inteligentes
¿Qué ventajas ofrece la Red Inteligente a los clientes?
La Red Inteligente ofrece a los clientes importantes ventajas como:
- Mejora de la calidad del suministro eléctrico.
- Mejora de la atención a incidencias y modificaciones contractuales.
- Posibilita la elección del fabricante del contador gracias al uso de un protocolo de comunicación estándar
- Permite a los clientes una gestión más eficiente de sus consumos para la reducción de la facturación.
- La facturación se realiza siempre con lecturas reales.
¿Y para la sociedad?
- Creación de empleo e incremento del Producto Interior Bruto.
- Mejora de la seguridad en las instalaciones y en las operaciones.
- Disminución de las emisiones de CO2 por la mejora en la eficiencia energética.
- Avance hacia la integración de las energías renovables, de pequeñas plantas de generación y del vehículo eléctrico.
- Impulso a la industria nacional para ser líder europeo en nuevas tecnologías.
- Optimización de las inversiones en la red.
¿Por qué se lleva a cabo ahora la implantación de la Red Inteligente?
La Unión Europea ha marcado tres objetivos en el sector energético para 2020:
- Reducción en un 20% de las emisiones.
- strong>Generación de un 20% de energía renovable.
- Mejora de un 20% en la eficiencia energética.
La red de distribución, con la implantación de la Red Inteligente, contribuye a estos objetivos:
- Facilitando la integración de las energías renovables.
- Mejorando la eficiencia energética (pérdidas y gestión de la demanda).
- Facilitando la integración masiva del vehículo eléctrico.
La telegestión, legislada por Real Decreto, obliga a que los nuevos contadores domésticos (contadores inteligentes) dispongan de:
- Discriminación horaria.
- Capacidad de telegestión.
La telegestión ofrece la oportunidad de que la red eléctrica tradicional evolucione hacia la Red Inteligente, incorporando tecnologías (principalmente de información y comunicaciones PLC- PRIME) que permitirán prestar nuevos servicios, mejorando la calidad de suministro y la atención a los clientes.
¿Cuál es el objetivo de este proyecto?
El principal objetivo del Proyecto STAR es dar cumplimiento a la Orden ITC / 3860 / 2007 para la adecuación de los equipos de medida. Asimismo, se desea aprovechar la oportunidad para adecuar la red de distribución con vista a evolucionarla de acuerdo al concepto Redes Inteligentes (Smart Grids), preparando la red de distribución para las necesidades de la sociedad e incorporando tecnologías (principalmente de información y comunicaciones) que permitirán prestar nuevos servicios y mejorar la calidad del suministro y la atención a los clientes.
Se incorporarán equipos electrónicos en los centros de transformación que facilitarán información y mando sobre la red eléctrica, con el objetivo de mejorar la operativa del negocio (operación, planificación, ejecución de las inversiones, optimización de la red...).
Gracias a todas estas mejoras, se conseguirá:
- Mayor visibilidad y/o mando sobre toda la cadena de distribución, incluyendo AT, MT y BT.
- Mejora de la Operación de la Red y la calidad del servicio (reducciones de los tiempos de interrupción y del suministro TIEPI y NIEPI).
- Participación más activa de los clientes en el mercado, una gestión activa de la demanda y una dinamización de la oferta comercial.
- Información de la red para mejorar la gestión de los activos.
En definitiva, supone un salto cualitativo para transformar tecnológicamente la red de distribución eléctrica y prepararla para atender las necesidades de futuro de la sociedad.
¿Cómo afecta el nuevo contador al medio ambiente y a la salud de las personas?
En I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., se han tomado todas las medidas necesarias para garantizar que nuestras redes sean completamente seguras, desde todos los puntos de vista.
Este nuevo contador, a diferencia de otras alternativas empleadas en otros países, no utiliza para la comunicación ni radiofrecuencias ni microondas, ya que envía los datos exclusivamente a través del cable eléctrico ya existente.
Desde un punto de vista técnico, estos nuevos contadores cumplen con lo establecido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, aprobado por el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto y en la Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre. De igual forma, el nuevo contador realiza la comunicación de datos de acuerdo a la norma UNE-EN 50065-1 Transmisión de señales por la red eléctrica de baja tensión en la banda de frecuencias de 3 kHz a 148,5 kHz, conforme con la reserva realizada por el Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) para su utilización por las empresas distribuidoras de energía eléctrica.
En lo referente a los problemas para la salud, tanto la actual como la futura instalación se encuentran ampliamente por debajo de los límites o umbrales de exposición establecidos en la normativa vigente, y que han sido definidos de forma unánime por la Comunidad Científica a nivel nacional e internacional, sin que, por tanto, exista motivo de alarma o riesgo alguno para la salud. Dichos límites o umbrales de exposición han sido fijados en la Resolución del Consejo Europeo 1999/519/CE, de 12 de julio, y son los vigentes actualmente en España (Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre), y posteriormente ratificados por el Ministerio de Sanidad a través de sus informes "Evaluación actualizada de los campos electromagnéticos en relación con la salud pública" de 2003 y el "Informe sobre la aplicación del Real Decreto 1066/2001" de 2005, confirmando que el cumplimiento de los límites allí establecidos garantiza la salud de las personas que puedan permanecer en áreas cercanas a las instalaciones allí contempladas.
Contadores inteligentes
¿Por qué se van a cambiar los equipos de medida?
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio resolvió que todos los contadores tradicionales de energía eléctrica deben ser cambiados por un modelo electrónico que permita la discriminación horaria y que tenga capacidad para la telegestión, que es la capacidad de lectura de contadores y cambio de condiciones de contrato sin personarse en el domicilio.
¿Qué Legislación regula el cambio de contadores?
La Orden Ministerial ITC/3860/2007, de 28 de diciembre en su Disposición adicional primera sobre Plan de sustitución de equipos de medida estipula: "Todos los contadores de medida en suministros de energía eléctrica con una potencia contratada de hasta 15 kW deberán ser sustituidos por nuevos equipos que permitan la discriminación horaria y la telegestión antes del 31 de diciembre de 2018".
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-22458
El Real Decreto 1110/2007, de 24 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico define las funciones del nuevo equipo de medida (contador).
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-16478
¿Beneficios del nuevo sistema de medida?
El nuevo equipo de medida supondrá para el usuario numerosas ventajas, entre las que se encuentran:
- Reducción de los tiempos de interrupción del suministro por avería, al poder localizar el origen de ésta más rápidamente.
- Agilización en los cambios de condiciones contractuales al poder realizarse remotamente sin intervención en el cuarto de contadores.
- Ya no habrá lecturas estimadas. Todas serán reales.
¿A quién afecta esta campaña?
La actual campaña afecta a todos los suministros con potencia contratada igual o inferior a 15 kW.
¿Tiene costes el cambio de contador?
La retirada del equipo antiguo y la instalación del nuevo contador son gratuitas.
i-DE se hace cargo de los costes de eliminación del equipo retirado.
El personal autorizado por i-DE irá debidamente acreditado y uniformado. En ningún caso se le pedirá dinero en metálico, ni su número de cuenta corriente, ni ningún dato adicional.
¿Qué debo hacer para cambiar mi contador?
No es necesario hacer nada. Como primer paso, se revisará la centralización para ver si está en condiciones para la sustitución de los contadores. A continuación, se enviará una carta a los clientes indicándoles la fecha de sustitución del contador. Es conveniente que el cliente esté en su domicilio por si fuera necesario retirar el ICP (Interruptor de Control de Potencia). Al sustituir el contador, se entregará al cliente información al respecto.
¿Es necesario cortar el suministro eléctrico para el cambio de contador?
La sustitución del equipo (al igual que en cualquier cambio de equipo) requiere la interrupción del suministro durante un periodo breve de unos pocos minutos. Unos días antes, mediante carteles informativos en el portal, se indicará el día y hora en que se procederá a realizar los trabajos.
¿Y si el contador es de mi propiedad?
En lo relativo a los equipos de medida propiedad de cliente, la Orden Ministerial ITC/3860/2007, de 28 de diciembre en su Disposición adicional primera sobre Plan de sustitución de equipos de medida estipula:
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2007-22458
Aquellos equipos de medida de suministros de potencia contratada hasta 15 kW que sean propiedad de cliente que no dispongan de capacidad de discriminación horaria y telegestión, afectados por las acciones contempladas en los planes de sustitución aprobados por las administraciones autonómicas, serán sustituidos de acuerdo a lo establecido en dichos planes de sustitución".
Según el plan aprobado, si en el momento de cambiar los equipos en su zona no ha notificado al distribuidor e instalado un equipo de su propiedad, procederemos a su sustitución en las condiciones que marca la Orden Ministerial ITC/3860/2007.
Según dicha Orden Ministerial, si su equipo tiene menos de quince años, dicha sustitución no generará coste alguno para su propietario ni cobro en concepto de alquiler durante el periodo restante de vida del equipo hasta alcanzar los 15 años. En cualquier caso, estos equipos mencionados deberán ser sustituidos antes del 31 de diciembre de 2018.
No obstante, le recordamos que en cualquier momento, y previo aviso a i-DE, podrá instalar un equipo de su propiedad según establece la citada Orden Ministerial.
El contador de su elección deberá encontrarse en la lista de fabricantes y modelos homologados por i-DE. [PDF]
¿Dónde estará instalado el nuevo equipo de medida?
El tamaño del nuevo contador no varía, por lo que se instalará en el mismo lugar en el que se encuentra su equipo actual. La sustitución será rápida y sencilla, siempre que tengamos fácil acceso al contador.
Dado que el nuevo equipo de medida incorpora la función de Interruptor de Control de Potencia (ICP), en el momento que se sustituya el equipo se le dejará en el buzón de correo y en las zonas comunes de la comunidad, una pegatina que explica cómo rearmar el ICP en el caso de disparo por exceder la potencia demandada a la contratada.
¿Y si tengo contrato con otra empresa comercializadora distinta de Iberdrola?
El equipo de medida pertenece a i-DE, es decir, la Compañía Distribuidora de su zona de suministro; es indiferente la compañía Comercializadora con la que tenga contratado el suministro eléctrico.
¿Cómo puedo leer mi contador y ahorrar en mi factura?
Los consumidores que tengan instalado el contador de telegestión, pueden ver a través de la web de i-DE sus curvas de consumo diario, semanal y mensual, entre otros datos.
Con esta información podrá conocer cómo se distribuye el consumo de energía eléctrica y hacer un uso eficiente del mismo, así como decidir qué tipo de tarifa se adapta mejor a su perfil.
Para consultar sus datos de consumo es necesario darse de alta en el sistema pinchando aquí y siguiendo las indicaciones para darse de alta en el sistema.
Una vez dado de alta, podrá acceder a la información con su e-mail (usuario) y su clave.
¿Cómo será la primera factura que reciba tras el cambio del equipo de medida?
Esa factura estará dividida en dos bloques. El primer bloque recogerá el consumo desde la lectura anterior hasta la que marque el contador en el momento de la retirada. El segundo bloque corresponderá al consumo desde la fecha del cambio al nuevo contador hasta la fecha de la factura. El importe global no se verá alterado en ningún caso.
Solo variará el importe del alquiler del contador, que al igual que con el contador a retirar, el alquiler del nuevo equipo está regulado a fecha 3 de agosto de 2013 y de acuerdo a la Orden IET/1491/2013, de 1 de agosto, asciende a 0,81 €/mes en el caso de suministros monofásicos y a 1,36 €/mes para los trifásicos.
Le recordamos que nos tiene a su disposición en el correo electrónico o en el teléfono 900 171 171.
¿Este cambio afectará a mi contrato?
No, se mantendrán las mismas condiciones de su contrato, tanto en potencia como en tarifa contratada.
¿Van a cambiarme también el equipo de medida de gas?
De momento no se ha aprobado plan de sustitución de contadores de gas.
¿Puedo ver mi consumo y acceder a mi contador? ¿Cómo?
Puedes ver tu consumo y acceder a tu contador en tiempo real, dándote de alta
en el Área Privada de i-DE. Una vez lo hayas hecho, puedes descargar tu consumo accediendo a Gestiones > Certificados > Certificado de Consumo.
También puedes mirar este vídeo para conocer tus hábitos de consumo eléctrico o consultar el Área Privada de i-DE para descubrir todo lo que puedes hacer en el Área Privada.
ICP
¿Qué es un interruptor de control de potencia?
Es un dispositivo que tiene como finalidad controlar que la demanda de la potencia de los aparatos conectados a la instalación no supere la potencia contratada para el punto de suministro.
¿Cómo actúa el interruptor de control de potencia?
Cuando los aparatos conectados a la instalación demandan una potencia superior a la contratada, el ICP "salta" automáticamente dejando dicha instalación sin servicio.
¿Cómo se rearma el ICP?
Para rearmarlo, es suficiente con desconectar alguno de los aparatos conectados para reducir la potencia instalada, bajar todos los automáticos del cuadro general de la vivienda o local, esperar unos segundos y volver a subir manualmente los automáticos del cuadro general. El contador reconectará automáticamente el control de potencia.
Puedes consultar más detalles en la página que te explicamos Qué es el ICP y para qué sirve y en la pegatina sobre cómo hacer el rearme ICP [PDF]
¿Dónde se instala el interruptor de control de potencia?
Con los nuevos contadores de telegestión inteligentes, el interruptor de control de potencia ICP está integrado en su interior, actuando la limitación cuando se sobrepasa la potencia contratada. (Según art. 9.6 del RD 1110/2007)
Antiguamente, se encontraba alojado en una caja normalizada para precintar, colocada en la pared, próxima a la puerta de entrada de la vivienda o local, e inmediatamente antes del Cuadro General del Mando y Protección. Podía estar situada unida al mismo o separada.
¿Qué dice la Normativa sobre la instalación del ICP?
La Orden ITC - BT - 17 establece que la instalación de la caja para el interruptor de control de potencia no será exigible en aquellas instalaciones en las que tengan integrado un contador inteligente con ICP incorporado.
El RD 1110/2007 establece que los elementos de limitación de potencia se colocarán preferentemente integrados en el propio equipo de medida, para lo que deberán ser reenganchables desde el domicilio del contrato o de reenganche automático.
Me ha saltado la luz, ¿cómo rearmo el ICP?
Si te ha saltado la luz, aquí te explicamos cómo rearmar el ICP fácilmente. El ICP es un interruptor de control de potencia que ayuda a evitar sobrecargas en tu electricidad. Si este interruptor detecta que estás consumiendo más potencia de la que tienes contratada, saltará para protegerte.
Acometidas
¿Qué son los derechos de acometida?
Tendrá la consideración de derechos de acometida, la contraprestación económica que debe ser abonada a la empresa distribuidora por la realización del conjunto de actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro o para la ampliación de uno ya existente.
Los derechos de acometida podrán incluir los siguientes conceptos:
- Derechos de extensión, siendo éstos la contraprestación económica a pagar, por cada solicitante de un nuevo suministro o de la ampliación de potencia de uno ya existente, a la empresa distribuidora por las infraestructuras eléctricas necesarias entre la red de distribución existente y el primer elemento propiedad del solicitante. A estos efectos se entenderá por solicitante la persona física o jurídica que solicita las instalaciones de extensión para la acometida sin que necesariamente tenga que contratar el nuevo suministro o su ampliación.
- Derechos de acceso, siendo éstos la contraprestación económica a pagar por cada contratante de un nuevo suministro o de la ampliación de potencia de uno ya existente, cuyo abono procederá, en todo caso, por su incorporación a la red.
- Derechos de supervisión de instalaciones cedidas, siendo éstos la contraprestación económica por la supervisión de trabajos y realización de pruebas y ensayos previos a la puesta en servicio, a pagar a la empresa distribuidora por el solicitante de un nuevo suministro, o de la ampliación de potencia de uno ya existente, que opten por la ejecución directa y posterior cesión de las instalaciones.
¿Qué son los derechos de enganche y verificación?
Los distribuidores podrán obtener remuneración económica por atender los siguientes requerimientos del servicio:
- El enganche:la operación de acoplar eléctricamente la instalación receptora a la red de la empresa distribuidora, quien deberá realizar esta operación bajo su responsabilidad.
- La verificaciónde las instalaciones: la revisión y comprobación de que las mismas se ajustan a las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias.
Para aquellos suministros en los que sea necesaria la presentación de un boletín de instalador autorizado, bien sea por ser la instalación nueva o que en la misma se haya efectuado una reforma, no procederá el cobro por derechos de verificación.
Si para la ejecución de la instalación ha sido necesaria la presentación de un proyecto y el certificado final de obra, tampoco se exigirá el pago de derechos de verificación.
¿Qué son las instalaciones de extensión?
Son aquellas que son precisas realizar, a partir de las instalaciones existentes, para atender un nuevo suministro o la ampliación de uno ya existente.
¿Cuándo hay que pagar los derechos de extensión?
Los derechos de extensión los abona el solicitante cuando ya conoce el importe de este concepto, antes de la ejecución de la acometida. Son aquellas que son precisas realizar, a partir de las instalaciones existentes, para atender un nuevo suministro o la ampliación de uno ya existente.
¿Quedan adscritos estos derechos a la instalación?
Los derechos de extensión ya satisfechos quedarán adscritos a las instalaciones, viviendas, locales, parcelas, etc., para los que se abonaron. Todo ello hasta que cause baja el primer usuario, cualquiera que sea el plazo transcurrido.
A partir de la baja de un cliente, los derechos de extensión permanecerán adscritos a la instalación durante tres años para suministros de baja tensión.
Los derechos de acceso no quedan adscritos a la instalación, por lo que pierden su vigencia una vez se produce la baja del suministro o la reducción de la potencia contratada.
¿Qué importe tendría que abonar el usuario por los derechos de acometida?
El cliente o usuario final, al contratar el suministro para una vivienda, local, etc., tendrá que liquidar a la empresa distribuidora los derechos de acceso correspondientes a la potencia contratada, siempre que no exceda de la reconocida en la instalación. Si el cliente o usuario final contratase una potencia superior o ampliase la potencia ya contratada, abonará además el exceso por los derechos de extensión y acceso correspondientes al incremento de potencia.
¿Quién debe hacer las instalaciones de extensión?
Las instalaciones de nueva extensión de red necesarias para atender nuevos suministros o ampliación de los existentes de hasta 100 kW en baja tensión y 250 kW en alta tensión, en suelo urbanizado que con carácter previo a la necesidad de suministro eléctrico cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística, definido según lo establecido en el artículo 12.3, del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo, serán realizadas por la empresa distribuidora de la zona, dando lugar a la aplicación de los correspondientes derechos de extensión siempre que no estén incluidas dentro del correspondiente plan de inversión. Las modificaciones consecuencia de los incrementos de potencia solicitados en un plazo inferior a tres años se considerarán de forma acumulativa a efectos del cómputo de potencia y serán costeadas, en su caso, por el solicitante, teniéndose en cuenta los pagos efectuados por derechos de acometida durante ese periodo. Para el resto de instalaciones de nueva extensión necesarias para atender las solicitudes de nuevos suministros o ampliación de los existentes, el coste será de cuenta de sus solicitantes, sin que proceda el cobro de derechos extensión.
¿Qué plazo de validez tienen los presupuestos técnico-económicos de una acometida?
Seis meses, a partir de la fecha de comunicación de dicho presupuesto.
En el caso de que el peticionario haga la obra civil de acometida por su cuenta, ¿qué permisos tiene que tramitar?
Según el tipo de obra a realizar, pueden ser:
- Licencia Municipal de calas o canalización.
- Licencia Municipal de Obras del Centro de Transformación.
- Permisos de terceros para la realización de la instalación proyectada.
- Aprobación por la empresa suministradora del proyecto de las instalaciones de extensión a realizar, ya que debe estar de acuerdo con sus normas aprobadas oficialmente.
Incidencias
¿Qué hacemos ante una incidencia en el suministro?
En cuanto se detecta una incidencia en el suministro, i-DE pone en marcha diferentes procesos en los que intervienen varios departamentos (atención al cliente, centros de control y mantenimiento) y sistemas con el fin de recuperar el servicio lo antes posible.
Tras detectar incidencia, los centros de control, en coordinación con las brigadas de mantenimiento, maniobrarán la red y, si es preciso, acudirán al lugar origen de la misma para restablecer el servicio en el menor tiempo posible, y garantizando siempre la seguridad de los técnicos que acuden a repararla.
Si la incidencia afecta a una cantidad importante de clientes, se intentará dar servicio al mayor número de clientes en el menor tiempo posible, primero restableciendo el servicio en zonas con más población y a clientes que por su actividad sean más sensibles (hospitales, policía, empresas suministradoras de agua, etc.), para luego restablecer zonas más pequeñas y clientes individuales.
Una vez que la brigada de mantenimiento llega al lugar de la incidencia, puede evaluar mejor el problema y estimar el tiempo que tardará en resolverla. Si la configuración de la red lo permite, se restablece el servicio a través de otras subestaciones, líneas o centros de transformación que no están afectados por la incidencia y luego repararla.
Durante el trascurso de las labores de reparación, se informará de la hora estimada de resolución de la incidencia a los clientes afectados que soliciten información a través del teléfono de atención de i-DE. Esta hora estimada de resolución será aproximada en los primeros momentos de la incidencia y será más exacta cuando los técnicos de mantenimiento hayan llegado al lugar de la incidencia y hayan podido evaluar la situación.
Mención especial merecen las situaciones de emergencias atmosféricas por fuertes vientos, inundaciones, nevadas o incendios. En estas situaciones, i-DE, en coordinación con otros servicios de emergencia, establece una organización de emergencia y refuerza las brigadas de mantenimiento con retenes.
Desde i-DE lamentamos las molestias e inconvenientes que se pueden ocasionar hasta que el servicio quede totalmente recuperado.
¿Cómo sé si la incidencia tiene su origen en mi instalación o en la red de i-DE?
En primer lugar, es necesario comprobar si hay más usuarios afectados. Si la escalera, el ascensor o las fincas colindantes tienen luz, la incidencia probablemente tenga su origen en la instalación del cliente.
Si otros usuarios también se encuentran afectados, es posible que la incidencia se haya producido en las instalaciones de i-DE. En este caso, accede aquí para darnos aviso.
¿Qué debo hacer una vez comprobado que la incidencia en el suministro tiene su origen en mi instalación?
Primero, es importante saber que, generalmente, próximo a la entrada de la vivienda o en la cocina, está situado el Cuadro General de Mando y Protección, que contiene los elementos de control y protección de la instalación y de las personas que habitan la vivienda.
Segundo, hay que seguir el proceso que se encuentra dentro del apartado Comprobación del Cuadro de Mando y Protección.
¿Cómo actuar ante una incidencia en el suministro?
Se recomienda que cada hogar tenga ya previsto cómo actuar ante una falta de suministro eléctrico. Es importante tener en cuenta los siguientes consejos:
- Ponerse en contacto con i-DE para conocer la hora estimada de resolución.
- Tener disponible varias linternas y pilas de repuesto.
- Evitar usar velas para reducir el riesgo de incendio.
- Procurar no abrir el frigorífico ni el congelador para que no pierdan frío.
Hay que tener presente que el servicio puede volver en cualquier momento sin previo aviso independientemente de la información de previsión facilitada. No se deben realizar reparaciones aprovechando que en ese instante no hay electricidad.
¿Cómo obtener información sobre una incidencia en el suministro?
Para obtener información sobre una incidencia en el suministro, conocer la hora de resolución o dar aviso de una incidencia en el suministro, se debe contactar con el teléfono 900 17 11 71 y seleccionar la opción "Falta de suministro" o bien pinchar aquí.
Área Privada
¿Cuál es el usuario de tu cuenta en el Área Privada?
A la hora de darse de alta en el Área Privada, el cliente debe introducir una dirección de correo para poder activar la cuenta. El correo electrónico que se introduce es el usuario de la cuenta del Área Privada.
¿Qué puedo hacer desde mi cuenta en la página Web? (descargar certificados de consumo y de lecturas, darme de alta en el sistema de avisos, etc.)
El usuario que se da de alta en el Área Privada puedes gestionar o consultar por completo su punto de suministro.
Entre otras cosas se puede ver datos de contrato de acceso, consumo eléctrico, potencia máxima demandada y acceso en tiempo real a su contador, entre otras gestiones. También se puede suscribir a un servicio gratuito para recibir avisos por mail y/o SMS de incidencias imprevistas en la red y cortes programados.
¿Cómo descargar mis consumos en formato CSV?
Únicamente se pueden descargar consumos en formatos CSV dentro del Área Privada en el apartado "Consumo por factura" que se encuentra en: Contratos > Gestiones > Ver consumo por factura.
Para ello el cliente debe darse de alta en el Área Privada aquí.
Si tengo instalado el contador nuevo, ¿por qué no tengo instalada la telegestión? ¿Cómo sé cuándo me activan la telegestión?
La instalación del contador Telegestionado no conlleva la activación de la zona donde se encuentra el punto de suministro, para activar la telegestión se debe acondicionar el centro de transformación de la zona donde se debe instalación del concentrador donde se encuentran los datos de todos los contadores CN que se encuentran conectados al mismo.
Para saber la fecha aproximada cuando se va a activar la telegestión se debe mandar una consulta a través del área de consumidores parte privada. Para realizar la consulta se debe entrar en menú consultas.
¿Puedo consultar las lecturas desde mi cuenta en la Web?
Las lecturas se pueden consultar desde el Área Privada en: Contratos > Gestiones > Certificado de lectura.
¿Por qué, a veces, faltan datos de mi consumo en algunas horas o incluso en algunos días enteros?
La falta de datos en la curva de carga de consumo suele ser a causa de los problemas que, a veces, existen en las comunicaciones. Tu contador (y el de tus vecinos si vives en una comunidad) se comunica con la distribuidora a través de un elemento común que se denomina concentrador. Pueden existir interferencias eléctricas y/o magnéticas en determinados momentos del día o del mes que impidan esa comunicación y que hagan que se no se transmita la información medida. Y, aunque el contador de telegestión es un dispositivo digital y, por lo tanto, más fiable que los analógicos al estar exento de partes móviles, no podemos descartar que, a veces, también pueden fallar y dejar de medir alguna hora o incluso día.
Notificaciones Operacionales
¿Qué es el módulo de generación de electricidad (MGE)?
El concepto de módulo de generación de electricidad (MGE) establecido en la normativa europea (y transpuesto a la normativa española) podría asimilarse al concepto tradicional de instalación para la que se obtengan los permisos de acceso y conexión. Dichos MGE pueden ser síncronos (MGES) o de parque eléctrico (MPE).
Un módulo de generación de electricidad síncrono (MGES) es un conjunto indivisible de instalaciones que pueden producir energía eléctrica de forma tal que la frecuencia de la tensión generada, la velocidad del generador y la frecuencia de la tensión de la red se mantengan con una relación constante y, por tanto, estén sincronizadas.
Un módulo de parque eléctrico (MPE) es una unidad o un conjunto de unidades que genera electricidad, que está conectado de forma no síncrona a la red o que está conectado mediante electrónica de potencia. En consecuencia, los parques de generación eólica y fotovoltaica tal como se conciben hoy en día son MPE.
¿Cómo se clasifican los MGE?
Los MGE se clasifican según su significatividad. La significatividad se evalúa según la capacidad máxima y la tensión de su punto de conexión según se establece a continuación:
- Tipo A: MGE cuyo punto de conexión sea inferior a 110 kV y cuya capacidad máxima sea igual o superior a 0,8 kW e igual o inferior a 100 kW.
- Tipo B: MGE cuyo punto de conexión sea inferior a 110 kV y cuya capacidad máxima sea superior a 100 kW e igual o inferior a 5 MW.
- Tipo C: MGE cuyo punto de conexión sea inferior a 110 kV y cuya capacidad máxima sea superior a 5 MW e igual o inferior a 50 MW.
- Tipo D: MGE cuyo punto de conexión sea igual o superior a 110 kV o cuya capacidad máxima sea superior a 50 MW.
La aplicación de los requisitos técnicos exigibles es progresiva, contemplando menor número de requisitos para los MGE con menor afección a la red (A) e incrementándose para los MGE de mayor afección (D).
La significatividad será notificada por el gestor de red al titular del MGE.
¿Qué es la capacidad máxima de un MGE?
La capacidad máxima de un MGE es la capacidad de acceso concedida en el permiso de acceso y conexión a la red. Esta capacidad no tiene por qué coincidir con la Potencia instalada.
¿Qué instalaciones deben cumplir los requisitos técnicos del Reglamento (UE) 2016/631?
Deben cumplir los requisitos técnicos todos los MGE de capacidad máxima igual o superior a 0,8 kW conectados al sistema eléctrico peninsular español que no tengan la consideración de existentes a la fecha aplicación del Reglamento (UE) 2016/631 (17 de mayo de 2016).
Adicionalmente quedan exentos de cumplir dicho Reglamento:
- Instalaciones de autoconsumo SIN excedentes.
- Instalaciones de autoconsumo CON excedentes (estén o no acogidas a compensación) de potencia igual o inferior a 15 kW que se ubiquen en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.
Se consideran instalaciones existentes aquellas que ya estuvieran conectadas y puestas en servicio antes del 17 de mayo de 2016 o las que tuvieran un contrato definitivo y vinculante de compra de la planta de generación principal en un plazo de dos años desde dicha fecha.
¿Qué procedimiento debo seguir?
El titular del MGE debe solicitar al distribuidor, en función de su significatividad cuatro notificaciones operacionales:
- Notificación Operacional de Energización (EON): se emite antes de la energización de su red interna.
- Notificación Operacional Provisional (ION): permite al MGE operar mediante el uso de la conexión a la red durante un período de tiempo limitado, así como iniciar las pruebas de conformidad para garantizar el cumplimiento de las especificaciones y de los requisitos técnicos. El plazo máximo durante el cual un MGE podrá operar con una ION es de veinticuatro meses.
- Notificación Operacional Definitiva (FON): permite operar un MGE mediante el uso de la conexión a la red. Para ello, el titular del MGE debe aportar, entre otra documentación el Certificado Final de MGE según se define en la Norma Técnica de Supervisión de la Conformidad según el Reglamento (UE) 2016/631 (NTS-SEPE). Para aquellos titulares de MGE que deban aportar un Certificado Final de MGE emitido por un instalador autorizado o empresa instaladora [PDF] según el formulario descrito en el capítulo 7.1.1.1 de la NTS-SEPE.
- Notificación Operacional Limitada (LON): permite la inscripción definitiva de las instalaciones en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica (RAIPEE) o en el registro de instalaciones de autoconsumo (RADNE) durante un tiempo limitado hasta la acreditación del cumplimiento de los requisitos de códigos de red de conexión europeos según está definido en la Norma Técnica de Supervisión de la Conformidad para generadores. (DT 1ª RD 647/2020). A partir del 2 de febrero de 2024, los gestores de red no podrán emitir nuevas notificaciones operacionales limitadas en virtud de lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio.
A continuación, el gráfico resume el procedimiento y documentación necesaria para la puesta en servicio de los MGE según su nivel de significatividad:
Puesta en servicio de los MGE Tipo A (=<100 kW) conectados a la RdD del SEPE
Puesta en servicio de los MGE Tipo B, C y D (>100 kW) conectados a la RdD del SEPE
Para más información, i-DE ha publicado una Guía explicativa (Guía de Puesta en Servicio para módulos de generación de electricidad conectados a la red de distribución) donde se detalla el procedimiento de notificaciones operacionales.
Si un MGE dispone de una LON según a DT1 del RD 647/2020 ¿Debe solicitar una FON?
El 2 de febrero de 2024 finalizó la prórroga de 18 meses para que los módulos de generación de electricidad que disponen de una LON (Notificación Operacional Limitada) otorgada en virtud de la disposición transitoria primera del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, puedan obtener una Notificación Operacional Definitiva (FON).
Por ello, y en virtud de lo indicado en el artículo 41 del Real Decreto-Ley 8/2023:
- En caso de que su instalación sea Tipo A y esté inscrita en los correspondientes registros administrativos en virtud de una Notificación Operacional Limitada (LON) que haya sido emitida de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, estarán exentos de la obligación de obtener Notificación Operacional Definitiva (FON).
- En caso de que su instalación sea Tipo B, C y D y esté inscrita en los correspondientes registros administrativos en virtud de una Notificación Operacional Limitada (LON) que haya sido emitida de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, dispone hasta el 2 de octubre de 2024 para remitir la documentación necesaria para solicitar una FON.
¿Cómo solicito y remito la documentación la i-DE?
La solicitud de las distintas notificaciones operacionales y toda la documentación a remitir a i-DE para solicitar dichas notificaciones debe realizarse a través del portal GEA.
En los gráficos de la pregunta ¿Qué procedimiento debo seguir? se indica de forma resumida la documentación necesaria para solicitar cada Notificación Operacional según el tipo de instalación.
¿Quién puede emitir el certificado final de MGE?
El certificado final de MGE puede ser proporcionado por un instalador autorizado o empresa instaladora (Tipo A y B) o certificador autorizado (Tipo B, C y D). El procedimiento y modelos para la realización de dicho Certificado final de MGE se ha desarrollado en la Norma Técnica de Supervisión de la Conformidad:
- Modelo de Certificado final de MGE a través de instalador autorizado o empresa instaladora (Anexo NTS, Apdo. 7.1.1.1).
- Modelo de Certificado final de MGE a través de certificador autorizado para la NTS (Anexo NTS, Apdo. 7.1.1.2).
Dentro de la documentación que se debe adjuntar como anexo para obtener el Certificado final de MGE en las instalaciones A y B, están los certificados que acreditan por parte de los fabricantes de los equipos instalados el cumplimento de los requisitos técnicos exigibles. Estos certificados deben ser emitidos por un certificador autorizado para la NTS (acreditados para ello por la Entidad Nacional de Acreditación ENAC u otra entidad de acreditación Europea contra la NTS española).
Averías y cortes
¿Cuándo volveré a tener luz, a qué hora?
Volverás a tener luz dependiendo de la hora estimada de reposición del servicio en una avería o corte programado. Conoce la hora estimada en nuestro Mapa de Averías.
¿Por qué no tengo luz en mi zona/barrio/casa/negocio/calle?
No tienes luz en tu zona, porque a veces, los cortes de luz se deben a incidencias en la red. Descubre en este video por qué puedes no tener luz. En ocasiones, conseguimos resolverlo de manera automática en un tiempo breve, y en otros casos nuestros técnicos tienen que desplazarse para repararlos.
En caso de que necesites saber qué hacer cuando no hay luz en casa de manera intermitente, por favor, ponte en contacto con nuestros agentes en el 900 171 171.
¿Por qué se me fue la luz?
Puede que se te haya ido la luz por problemas internos, de tu instalación eléctrica, o por causas externas, como condiciones climáticas, accidentes o trabajos programados.
Para saber la causa, primero debes observar si tus vecinos también están afectados por el corte. Si es un problema general, es probable que la distribuidora eléctrica esté trabajando en ello. Si el corte es solo en tu hogar, puede ser por un exceso de potencia demandada.
¿Por qué mis vecinos tienen luz y yo no?
Tus vecinos tienen luz y tú no, porque lo más probable es que haya saltado tu ICP debido a que ha detectado que estás consumiendo más potencia de la que tienes contratada. Este interruptor salta para protegerte. Si esto sucede, nosotros te explicamos aquí cómo rearmarlo fácilmente y volver a tener luz.
¿Por qué yo no tengo luz y mis vecinos sí?
No tienes luz y tus vecinos sí, porque probablemente haya saltado el ICP de tu contador. Esto sucede cuando los aparatos eléctricos que tienes conectados en ese momento han requerido más potencia de la que tienes contratada.
¿Cómo saber por qué no tengo luz?
No tienes luz porque puede que haya pasado algo en tu cuadro eléctrico. Antes de acceder a él, desenchufa alguno de los electrodomésticos que tenías conectados a la red antes del corte.
Si tu contador es tradicional, seguramente el interruptor del ICP haya saltado por un exceso de potencia y sólo tengas que activarlo de nuevo.
Si tu contador es inteligente, baja todos los interruptores, espera unos segundos y vuelve a subirlos. El ICP interno se cerrará automáticamente y volverá el servicio.
Si el problema persiste, te recomendamos que contactes con un profesional para resolverlo
¿Hay alguna avería o corte de luz? ¿Por qué?
Hay averías o cortes de luz, porque a veces estos se deben a incidencias en la red, descubre en este video por qué puedes no tener luz. En ocasiones, conseguimos resolverlo de manera automática en un tiempo breve, y en otros casos nuestros técnicos tienen que desplazarse para repararlos.
¿Por qué no hay luz en mi dirección? ¿Qué ha pasado?
No hay luz en tu dirección porque puede haber incidencias en tu instalación, o averías o cortes programados en nuestra red. Descubre a qué se puede deber y qué puedes hacer cuando no tienes luz.
Si estás sufriendo cortes intermitentes de luz por favor ponte en contacto con nuestros agentes en el 900 171 171.
¿A qué teléfono llamo en caso de avería o corte de luz?
En caso de avería o corte de luz, la manera más rápida y sencilla para comprobar si hay una avería o corte programado que puede estarte afectando y conocer el tiempo estimado de reposición del servicio, es consultar nuestro Mapa de Averías.
Reclamaciones
¿Cómo puedo solicitar un certificado de avería?
Puedes solicitar un certificado de avería identificando tu punto de suministro. Rellena este formulario donde te pediremos el CUPS y DNI del titular del contrato y te lo enviaremos.
¿Cómo puedo poner una reclamación?
Puedes poner una reclamación para un contrato ya existente, un expediente de nuevo suministro o un expediente de inspección a través de este formulario.
Quiero poner una reclamación. ¿Cómo lo hago?
Si quieres poner una reclamación, tanto para un contrato ya existente, como para un expediente de nuevo suministro o de inspección, debes hacerlo a través de este formulario.
Gestiones online
¿Qué necesito para solicitar un certificado de avería?
Para solicitar un certificado de avería, necesitas rellenar este formulario. Ten preparado el código CUPS y el DNI del titular del contrato ya que te lo pediremos para identificar tu punto de suministro.
¿Cómo puedo solicitar la retirada de un cable trenzado?
Para solicitar la retirada de un cable de acero trenzado, por favor, escríbenos a contacto@i-de.es.
Creo que he presenciado un fraude o un enganche. ¿Cómo puedo denunciarlo?
Puedes denunciar un fraude o un enganche que hayas presenciado avisándonos aquí, de forma anónima y ayudándonos a mantener un uso justo y responsable de la energía.
Seguridad y Prevención
En una situación de peligro, ¿cómo y dónde puedo avisar?
En una situación de peligro puedes avisar llamándonos lo antes posible al 900 171 171. Un cable dando chispazos o una instalación quemándose son riesgos eléctricos. Si presencias alguno de estos casos o cualquier otro, llámanos, indicando que nos llamas por “situaciones de peligro”.
Cambios sobre mi suministro de la luz
¿Puedo aumentar mi potencia? ¿Cómo?
Puedes aumentar tu potencia poniéndote en contacto con tu comercializadora, si, por ejemplo, se da el caso de que hayas notado que la potencia que tienes contratada no es suficiente para suplir tus necesidades eléctricas.
¿Cómo puedo hacer un aumento de potencia?
Puedes hacer un aumento de potencia poniéndote en contacto con tu comercializadora.
En el caso de que el aumento de potencia a realizar sea mayor a la potencia máxima contratable sin abrir expediente de acometida, deberás realizar el aumento de potencia a través de tu distribuidora. Si tu distribuidora es i-DE, con nuestra funcionalidad puedes consultar si necesitas abrir un expediente de acometida.
Autoconsumo eléctrico
¿Cómo puedo saber mi energía producida y mi energía consumida? ¿Y la energía vertida a la red?
Puedes saber tu energía producida, tu energía consumida y la energía vertida a la red, dándote de alta en el Área Privada de i-DE.
¿Cuál es el estado de mi contrato de autoconsumo?
El estado de tu contrato de autoconsumo es privado. Para acceder a él, date de alta en el Área Privada de i-DE y ve a Gestiones > Seguimiento de Gestiones y ahí conocerás los avances de tu solicitud de alta de autoconsumo.
¿Dónde puedo acceder a los datos de mi consumo eléctrico?
Puedes acceder a los datos de tu consumo eléctrico dándote de alta en el Área Privada de i-DE, donde tendrás acceso a todos los datos relacionados con la energía que produces y la que consumes en tiempo real.
Necesito ver el estado de mi solicitud de autoconsumo
Para ver el estado de tu solicitud de autoconsumo date de alta en el Área Privada de i-DE y accede a Gestiones > Seguimiento de gestiones.
Certificados
¿Puedo solicitar el certificado de eficiencia energética a mi distribuidora?
Lo sentimos, pero no puedes solicitar un certificado de eficiencia energética a tu distribuidora. Generalmente, solo los ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos pueden emitirlos.
La tramitación, renovación o actualización de estos certificados contienen información sobre las características energéticas, la calificación de eficiencia energética y las recomendaciones de posibles intervenciones en cada punto de suministro, de los que i-DE no es responsable ni posee información.
¿Qué es un certificado de eficiencia energética?
Un certificado de eficiencia energética es un documento oficial obligatorio que evalúa y clasifica la eficiencia energética de un edificio o vivienda. Este certificado indica cuánta energía consume el inmueble y qué impacto tiene en las emisiones de CO2. Se representa con una escala de letras (A, B, C, D, E, F, G), donde "A" es la más eficiente y "G" la menos eficiente.
¿Quién puede emitir un certificado de eficiencia energética?
Si necesitas solicitar un certificado de eficiencia energética, debes ponerte en contacto con un profesional cualificado (ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos) ya que, son los responsables de emitir este tipo de certificados.
i-DE no puede realizar este tipo de certificados.