Autoconsumo sin excedentes
Son instalaciones de autoconsumo que hacen uso de dispositivos físicos, conocidos como mecanismos de antivertido, que impiden la inyección de la energía excedentaria a la red de distribución.
En estos casos, no hay que solicitar el acceso y conexión a la red con el distribuidor (esto no quita que tenga que estar debidamente inscrita en el registro de autoconsumo de la comunidad autónoma correspondiente)
Autoconsumo con excedentes
Son instalaciones de generación que pueden, además de suministrar energía para autoconsumo, inyectar la energía excedentaria en la red de distribución.
- Si la instalación de generación es menor o igual de 10kW y la conexión es en BT, solo necesita una Memoria Técnica de Diseño.
- Si la instalación de generación es de más de 10kW aunque la conexión sea en BT, ya es necesario realizar un Proyecto Técnico.
Las instalaciones menores o iguales a 15kW, en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios están exentas de tramitar la solicitud de acceso y conexión con el distribuidor, a través de la aplicación de GEA.
Las instalaciones mayores de 15kW y menores o iguales de 100kW, en baja tensión deben llevar a cabo los trámites de acceso y conexión con el distribuidor, a través de la aplicación de GEA.
Las instalaciones de potencia mayor a 100kW también requieren la tramitación del permiso de acceso y conexión así como la presentación de garantías.
Tipos de instalaciones de autoconsumo con excedentes
En el caso del autoconsumo con excedentes existen dos modalidades que se dividen en:
Autoconsumo con excedentes acogida a compensación
Cuando el consumidor y el productor opten por acogerse a un mecanismo de compensación de excedentes.
Esta opción solo será posible cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:
- La fuente de energía primaria sea de origen renovable.
- La potencia total de la instalación de producción no sea superior a 100kW.
- Exista un único contrato de suministro para consumo y para los servicios auxiliares de producción (si este fuera necesario) con una empresa comercializadora.
- El consumidor y el productor asociado hayan suscrito un contrato de compensación de excedentes.
- La instalación de producción no tenga un régimen retributivo adicional o específico.
Dentro de esta modalidad, existen dos tipos de conexión, según el RD 244/2019.
- Instalaciones próximas en red interior: Con conexión a la red interior del consumidor / consumidores asociados (edificio viviendas).
- Instalaciones próximas a través de red: conectadas a la red interior o en un punto de la red de distribución, de forma que la instalación de generación se asigna a los consumidores próximos asociados que utilizan la red de distribución pública. Dichas instalaciones han de cumplir, al menos, uno de los siguientes criterios:
- La distancia existente entre la generación y los consumos es inferior a 500m. En el caso particular de instalaciones fotovoltaicas esta distancia podrá ser de hasta 2.000m siempre que la instalación se ubique en su totalidad en cubiertas de una o varias edificaciones, o suelo industrial, o estructuras artificiales cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad.
- Tanto la instalación generadora como los consumidores asociados se encuentran en la misma referencia catastral.
Autoconsumo con excedentes no acogida a compensación
Esto permite vender todos los excedentes que tenga la instalación al mercado eléctrico por lo que sería productor, no autoconsumidor, y debería responder como tal.
Esto supone darse de alta como productor de energías renovables en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIPEE) y hacer frente a trámites fiscales y administrativos pertinentes, ya que se considera que estamos llevando a cabo una actividad económica.
En estos casos, el productor deberá darse de alta como productor de energías renovables en el RAIPEE y normalmente suscribirá un contrato de representación en el mercado, o constituirse como agente del mercado.
¿Cómo se compensan los excedentes de autoconsumo?
Adicionalmente, es importante tener en cuenta que, en la modalidad de compensación, el valor económico de la energía excedentaria vertida a la red no puede ser superior al de la energía consumida de la red en cada factura mensual (el importe del consumo no puede salir a devolver).
Por ello, a la hora decidir cuál de las 2 modalidades resulta más adecuada, es importante analizar cada caso. Tu comercializadora podrá asesorarte con mayor detalle.
Además de estas modalidades, el autoconsumo podrá ser individual o colectivo, en función de si es uno o son varios los consumidores que están asociados a la instalación de generación.
En base al proceso de conexión a la red que realizan estas instalaciones, podemos realizar la siguiente clasificación:
FAQs
¿Cuál es la potencia máxima que se puede instalar para acogerse a cualquiera de las modalidades de autoconsumo previstas?
La potencia máxima que se puede instalar para acogerse a cualquiera de las modalidades de autoconsumo puede variar según la legislación y regulaciones vigentes de cada país o región. En la mayoría de los casos, esta potencia máxima suele estar definida por las autoridades competentes y está sujeta a modificaciones en función de la normativa vigente. Si necesitas resolver cualquier duda sobre tu autoconsumo energético puedes contactarnos aquí: contacto@i-de.es
¿Qué es el autoconsumo de energía eléctrica?
El autoconsumo de energía eléctrica es un sistema mediante el cual los usuarios generan su propia electricidad para cubrir parte o la totalidad de su consumo energético. Esta energía se produce a través de fuentes renovables, como paneles solares fotovoltaicos, turbinas eólicas o sistemas de cogeneración, lo que reduce la dependencia de la red eléctrica convencional y disminuye el impacto ambiental.
En autoconsumo, ¿se puede vender la energía excedentaria?
Sí, en muchas jurisdicciones y países donde se ha promovido el autoconsumo energético se permite la venta de la energía excedentaria generada a la red eléctrica. Esta modalidad se conoce como “autoconsumo con excedentes vertidos a la red”. Cuando el sistema de generación produce más energía de la que el usuario necesita en ese momento, el excedente es enviado a la red eléctrica y puede ser utilizado por otros consumidores.